STS 328/2002, 27 de Febrero de 2002

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Resumen


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Frases clave


El auto que no fue notificado a la recurrente no tiene la finalidad de darle a conocer la acusación ni tiene contenido acusatorio. Se trata, por lo tanto, de una resolución de ordenación del tipo de procedimiento, que carece de toda relevancia a los efectos del principio acusatorio. Sin perjuicio de ello, lo cierto es que a la acusada le fueron notificadas, y consiguientemente tuvo conocimiento de ellas, las conclusiones provisionales de la acusación.

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Extracto


STS 328/2002, 27 de Febrero de 2002

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