STS 1049/2000, 9 de Junio de 2000

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Frases clave


La Sala de instancia rechaza la pretendida violación del derecho a la intimidad alegada por la defensa del acusado declarando que "no siendo ciertamente un dormitorio común de un cuartel el domicilio a que se refiere el art. 18.2 CE, es claro que no se ha violado el derecho que tal precepto confiere a toda persona a que se entre ni registre su vivienda sin mediar su consentimiento o mandamiento judicial que lo autorice, por el hecho de practicarse en un establecimiento militar las revistas de las taquillas existentes en los dormitorios.

Extracto


STS 1049/2000, 9 de Junio de 2000

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