STS 1049/2000, 9 de Junio de 2000
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Frases clave
“ La Sala de instancia rechaza la pretendida violación del derecho a la intimidad alegada por la defensa del acusado declarando que "no siendo ciertamente un dormitorio común de un cuartel el domicilio a que se refiere el art. 18.2 CE, es claro que no se ha violado el derecho que tal precepto confiere a toda persona a que se entre ni registre su vivienda sin mediar su consentimiento o mandamiento judicial que lo autorice, por el hecho de practicarse en un establecimiento militar las revistas de las taquillas existentes en los dormitorios. ”
Extracto
STS 1049/2000, 9 de Junio de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 18.2 24.2
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 11.1
- Ley de Arrendamientos Rústicos (Ley 83/1980, de 31 de diciembre) - Artículos : 18.2
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 2, 18, 24
- Ley Orgánica del Servicio Militar (Ley Orgánica 13/1991, de 20 de diciembre)
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 11
- Ley Orgánica General Penitenciaria (Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre) - Artículo 46
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849