STS 296/1999, 24 de Febrero de 1999

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En la Psiquiatría clásica las alteraciones de la percepción se consideran como trastornos esquizofrénicos directamente relacionados con las alucinaciones cualquiera que fuera su causa, circunstancial u orgánica. Sin embargo tal conceptuación difícilmente encajaba en la terminología jurídico-penal, sobre todo porque la ley penal siempre se refería a la fecha de la alteración, esto es al nacimiento, con lo cual claro se está que las alucinaciones no podían encajar en el ámbito penal.

Extracto


STS 296/1999, 24 de Febrero de 1999

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