STS, 7 de Junio de 2001

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Resumen


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Frases clave


no está probado que fuesen a concurrir en la hipotética ocasión todos los elementos que la jurisprudencia estima necesarios para que tenga realidad la figura, excepcionalmente impune, del consumo compartido. Tales elementos son -véase, por todas, la S. de 3-2-99-: a) la droga debe ser facilitada, por quien la posee, para un consumo inmediato; b) las personas a las que se facilite han de integrar un pequeño núcleo de consumidores ya adictos, ciertos y determinados; c) la droga programada para su consumición debe ser "insignificante"; y d) el proyectado consumo compartido tendría que tener lugar en un local cerrado, sin riesgo de que al mismo tuvieren acceso terceros no habituados al uso o ingestión de la sustancia.

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Extracto


STS, 7 de Junio de 2001

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