STS, 2 de Marzo de 2004
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Frases clave
“ la circunstancia de que un suelo haya sido incorporado a un proceso urbanizador no desnaturaliza su condición geomorfológica, estando contemplada en las Disposiciones Transitorias de la propia Ley de Costas la compatibilidad del dominio público marítimo terrestre con la clasificación como urbano del suelo por haber sido urbanizado en ejecución del planeamiento, de manera que la urbanización de un terreno no constituye un hecho excluyente de la definición legal contenida en los artículos 3.1 b de la Ley de Costas y 3.1 b de su Reglament ”
Extracto
STS, 2 de Marzo de 2004
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 47, 53, 62, 63
- Ley de Costas (Ley 22/1988, de 28 de julio) - Artículos 3, 4, 5, 20, 21, 22, 23, 24, 25
- Constitución Española de 1978 - Artículos 4, 9, 24, 120
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 139
- Código Civil - Artículo 3