STS 183/2008, 29 de Abril de 2008
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Resumen
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Frases clave
“ no se acredita ni demuestra la realización de otras ventas de drogas o actividades relacionadas con sustancias estupefacientes, ni antes ni después de la intervención policial, ni en días previos o sucesivos. Los hechos sólo nos transmiten el dato escueto de una aislada venta de una dosis de cocaína cuya sustancia tóxica no alcanza a los 50 miligramos, que constituye el umbral de la dosis mínima psicoactiva prevista en los acuerdos. ”
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Extracto
STS 183/2008, 29 de Abril de 2008
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