STS 411/2002, 8 de Marzo de 2002

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Frases clave


Entendemos que la sentencia recurrida fue acertada en cuanto que rechazó la eximente incompleta, pero no en cuanto que desestimó la atenuante analógica que se pidió en la instancia, petición que ahora se reproduce en casación en este motivo 4°. Admitido por la propia Audiencia Provincial ese cociente intelectual del 68% no cabe otra opción, conforme a la jurisprudencia mencionada, que reconocer la concurrencia de la atenuante analógica, 6ª del art. 21, en relación con el nº 1° del mismo art. 21 y nº 1° del art. 20, todos del CP, en atención a la voluntad debilitada del sujeto, consecuencia de su debilidad mental, que le hacía más vulnerable a la manipulación por parte de otras personas. Tal apreciación lleva consigo la rebaja de la pena en la cuantía solicitada por el recurrente.

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Extracto


STS 411/2002, 8 de Marzo de 2002

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