STS 316/2000, 3 de Marzo de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ La prueba verdadera es la practicada en Juicio Oral, bajo los principios de inmediación y contradicción; y en el caso de la identificación del acusado la diligencia de reconocimiento en rueda de los artículos 368 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, practicada con las debidas garantías legales, tiene eficacia probatoria si se ratifica en el Juicio Oral o se aporta en otra forma válida como puede ser su lectura en el caso de impos ibilidad cierta de comparecer el identificante ”
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Extracto
STS 316/2000, 3 de Marzo de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24.2 18
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 5.4
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 18, 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 368, 369
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 368, 849
- STC 36/1995, 6 de Febrero de 1995