STS, 6 de Julio de 1992

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Frases clave


cuando la cuestión planteada concierne al aspecto normativo del principio in dubio pro reo, es decir a si el Tribunal aplicó la norma que le indica que en casos de duda debe absolver o inclinarse por la hipótesis más favorable al acusado, nada impide a esta Sala efectuar la correspondiente verificación del derecho aplicado. En este caso, como se dijo, el Tribunal a-quo sólo afirma haber partido de la posibilidad de distribución de la droga, lo que, indudablemente, excluye su certeza respecto de la finalidad de tráfico. Esto, sumado a la reducida cantidad de droga ocupada, acaba de configurar una situación jurídica que no es compatible con el art. 24.2 CE.

Extracto


STS, 6 de Julio de 1992

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