STS, 19 de Enero de 1996

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Resumen


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Frases clave


Las declaraciones testificales de los Policías Municipales durante el Plenario -en los extremos relativos a sus actuaciones anteriores al Registro Domiciliario- como son la identificación y registro de los drogadictos que sucesivamente accedian a dicha vivienda a comprar droga e, incluso, la ocupación en su poder de dos dosis de heroína inmediatamente después de su adquisición- y las del testigo Juan Ramón. que también compareción en el Juicio Oral y corroboró la versión de aquéllos, constituyen un cuerpo de probanza que, razonablemente apreciado, al margen del "contenido" del tan citado registro- tiene potencialidad suficiente para descargar de argumentos exculpatorios el contenido del Motivo y propiciar su rechazo en los términos expuestos, ratificando -aún cuando sea desde otra perspectiva argumental- el pronunciamiento condenatorio emitido por el Tribunal de instancia.

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Extracto


STS, 19 de Enero de 1996

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