STS, 2 de Enero de 2001

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


el concepto "notoria importancia" debe fijarse en conjunción con una determinada magnitud, en este caso, con el peso, lo que equivale a mayor difusión, y no con la penalidad, y en esta tesis jurídica de tan notoria importancia será una determinada magnitud tanto si lo comparamos con el Código actual, como con el derogado. La penalidad constituye un factor de proporcionalidad que hubo de ser planteado ante el Tribunal Constitucional por la Sala sentenciadora, si consideraba ese parámetro desproporcionado, pues no ha de olvidarse que la dosis penológica en abstracto la fija el legislador, intérprete de la voluntad popular.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 2 de Enero de 2001

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento