STS 28/2002, 23 de Enero de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ Ante todo se debe señalar que es totalmente ajena al recurso de casación la pretensión de cuestionar la identidad del recurrente y la práctica de medidas de prueba como la que solicita la Defensa. En todo caso la primera cuestión podría llegar a ser un motivo que fundamentara un recurso de revisión, pero no constituye una cuestión de derecho en el sentido técnico del recurso de casación. ”
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Extracto
STS 28/2002, 23 de Enero de 2002
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24.2 24 24.1
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 5.4
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