STS, 22 de Junio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ la apreciación de una atenuante de reparación del daño causado fué auspiciada por el Ministerio Fiscal en sus conclusiones y por tanto preciso era no traspasar en perjuicio del acusado tal petición. Con lo cual también se dejó de apreciar en el caso lo dispuesto en el número 4° del artículo 66 del Código Penal que establece la disminución a la pena inferior, al menos en un grado a la correspondiente al delito que se aprecie, cuando concurran dos atenuantes o una sola muy cualificada. ”
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Extracto
STS, 22 de Junio de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 14, 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 20, 21, 66
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 849, 851