STS, 26 de Mayo de 1998

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Resumen


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Frases clave


La necesidad objetiva de tratamiento médico se impone como criterio definidor no sin acudir a la interpretación lógica que tal concepto precisa. Es cierto que la simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico, pero también lo es que el tratamiento médico y la primera asistencia no son expresiones contrapuestas puesto que es posible que en una sola asistencia médica se imponga un tratamiento médico o incluso quirúrgico.

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Extracto


STS, 26 de Mayo de 1998

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