STS 347/2002, 1 de Marzo de 2002

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Resumen


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Frases clave


los acusados, desde el momento de entrar en el local donde robaron, cubrían sus rostros con una prenda textil, que ha de entenderse conservaron durante todo el tiempo de la comisión del hecho, puesto que en los hechos probados se dice que ya fuera del local, cuando se daban a la fuga tras la realización del hecho, se despojaron ambos de las prendas que les ocultaban el rostro. No lograron por su posterior actividad, pues, la eficacia pretendida con el ocultamiento del rostro cubriéndolo con una pieza textil, de objetiva aptitud desfiguradora y con evidente propósito de facilitar el hecho mediante un más elevado atemorizamiento de las víctimas, y esa situación de ocultación efectiva del rostro fue mantenida durante todo el tiempo de comisión del hecho ilícito, con todo lo cual hay base para estimar procedente la concurrencia en el caso de la agravante y, ahora, acoger el motivo.

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Extracto


STS 347/2002, 1 de Marzo de 2002

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