STS, 14 de Marzo de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ El juicio de valor sobre tan fundamental extremo se apoyó, por el cauce del artículo 1253 del Código Civil, en una serie de indicios concluyentes. No solo las altas horas de la madrugada durante las que los vendedores aparecieron en la vivienda del acusado para ofrecerle la mercancía. No solo el desconocimiento de la identidad de dichos vendedores dentro del ambiente sórdido en el que la chabola del comprador estaba ubicada. No solo el carácter "vil", por su insignificancia, del precio pagado en relación con el valor total. Es, por el contrario, un conjunto de indicios que convierten en lógica la deducción de que el acusado era sabedor del origen ilícito de lo que se transfería. ”
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Extracto
STS, 14 de Marzo de 1997
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículo 66
- Código Civil - Artículo 1253
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849