STS 1450/2004, 2 de Diciembre de 2004

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Frases clave


QUINTO.- En el quinto motivo del recurso, formalizado al amparo del artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se invoca vulneración del principio de contradicción previsto en el artículo 24.2 de la Constitución. Se dice producida tal vulneración al no haber declarado como testigo Enrique cuando dicho testimonio hubiese acreditado que el recurrente no tenía conexión con el hachís intervenido en su embarcación

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Extracto


STS 1450/2004, 2 de Diciembre de 2004

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