STS 1326/2000, 14 de Julio de 2000

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Frases clave


En este caso así sucedería, ya que no hay perjuicios patrimoniales acreditados derivados de tal comportamiento, y los morales, dado que se cumplió la satisfacción judicial de los intereses de la recurrente, por la vía del Ministerio fiscal, obteniéndose una Sentencia conforme a derecho, a través de los Tribunales del orden jurisdiccional penal, no puede decirse que adquiriesen el carácter de la norma penal como palpables o manifiestos, por lo que, conforme ha interesado también el Ministerio fiscal en esta instancia y en la anterior, hemos de desestimar el recurso, sin perjuicio de que se ponga en conocimiento esta resolución por el tribunal "a quo" del Colegio de Abogados de Barcelona, a los efectos que procedan.

Extracto


STS 1326/2000, 14 de Julio de 2000

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