STS, 12 de Diciembre de 1996
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Resumen
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Frases clave
“ alegando la indefensión derivada --en su opinión-- de la negativa de la Audiencia Provincial a que se diese lectura a determinados informes periciales durante la vista del juicio oral. El reproche --perfectamente alegable por el silenciado número 1 del artículo 850 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal-- tropieza, sin embargo, en el escollo insalvable de que la actitud del juzgador carece de toda incidencia real en el derecho que se dice lesionado. Como advierte el Fiscal, y se comprueba con la lectura del acta, la Sala permitió hacer a los peritos comparecidos cuantas preguntas considerase oportunas el proponente, lo que, por decirlo de alguna manera, significa que hubo informe emitido directamente, con todas las garantías procesales -- publicidad, inmediación y contradicción-- y sin restricción alguna respecto a su objeto. ”
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Extracto
STS, 12 de Diciembre de 1996
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 8, 9, 109, 110, 405
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 4, 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 110, 849, 850