STS, 9 de Octubre de 1998

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Resumen


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Frases clave


El relato fáctico de la sentencia de instancia que, dado el cauce procesal en el que se residencia el presente motivo, debe ser rigurosamente respetado, no permite la apreciación de la embriaguez como circunstancia que disminuya la capacidad de culpabilidad del recurrente, ni siquiera como una atenuante normal. Lo único que se expresa es que estaba tomando una copa en un bar cuando llegaron su esposa, su hija y su hijo Luis Alberto, ello antes de que se produjeran las agresiones que se declaran probadas. En el cuarto de los fundamentos jurídicos se dice, entre otras cosas, que tampoco se ha probado que Cristobalse hallase en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas que le impidiese comprender la ilicitud del hecho. Por el contrario se ha demostrado mediante la declaración testifical de Gonzaloque, tras el primer enfrentamiento, estuvo en el bar de este último tomando una copa, "encontrándose normal, antes de dirigirse con su hijo al Mesón "Rafael" en busca de Miguel.

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Extracto


STS, 9 de Octubre de 1998

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