STS, 22 de Enero de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Esta Sala tiene declarado, como es exponente la sentencia de 29 de enero de 1996, que por deformidad se entiende toda irregularidad física permanente que conlleva una modificación corporal de la que pueden derivarse efectos sociales o convivenciales negativos. La doctrina de esta Sala con posterioridad a la reforma de 1.989 continúa considerando la pérdida de piezas dentarias y particularmente de los incisivos, como deformidad (Sentencias 27 de noviembre de 1.991, 12 de marzo, 12 de mayo o, 23 de octubre y 21 de noviembre de 1.992). Y en la sentencia antes citada se señala que "cabría, si acaso, una modulación de dicha doctrina, como pretende el recurrente, en supuestos de menor entidad...". ”
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Extracto
STS, 22 de Enero de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 115, 147, 150
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 248
- Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados (Ley 30/1995, de 8 de noviembre)
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 659, 746, 849, 850