STS, 3 de Julio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ La prueba propuesta y no practicada una vez conocida la resultancia de las periciales y documentales incorporadas a la causa, eran impertinentes e innecesarias. La constancia de una lesión anterior en la nariz tan sólo aparece en el escrito de calificación de la defensa. No obstante el tribunal, y ante la afirmación del imputado, se oficia al centro de salud de la localidad en donde reside, y el médico de cabecera que lleva su historial clínico afirma desconocer la existencia de una lesión anterior. La pretensión de una prueba de un hecho respecto del que no existe la mínima acreditación ni indicio de su existencia, como podría resultar de una testifical o, incluso, por una manifestación del propio imputado en su declaración, hace innecesaria su realización que sería impertinente al carecer de un soporte indiciario que lo justificase. ”
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Extracto
STS, 3 de Julio de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 9, 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 4, 21, 66, 147, 617
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 656, 849, 850, 855
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículo 921