STS 339/2002, March 01, 2002
Linked as:
Summary
No longer available (Autolink)
Key phrases
“ La sala contó con elementos de juicio de carácter incriminatorio bien acreditados y los valoró de forma que no puede reputarse en modo alguno arbitraria, sino, por el contrario, dotada de la exigible racionalidad y rigor, al concluir que lo que realmente existió por parte del ahora recurrente fue un acometimiento directo. Por eso, hay que entender que el principio de presunción de inocencia como regla de juicio se vio satisfecho, tanto en el sentido de la existencia de elementos de prueba de cargo como en lo que se refiere a la aplicación de un adecuado criterio de valoración conforme a reglas de experiencia (STC 11/1999, de 14 de junio; STS 430/1999, de 23 de mayo). ”
See the full content of this document
Extract
STS 339/2002, March 01, 2002
No longer available (Autolink)
See the full content of this document
Core Citations
APPLIES
- Constitución Española de 1978 - Articles : 24.2 24 2
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Articles : 8.4 61
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Articles : 5.4 5 4
This document cites