STS, 30 de Mayo de 1998

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


La verdad es que esta conclusión, más que incoherente, es absurda, no cumpliendo las más elementales normas de cualquier silogismo razonador, de ahí lo acertado de la sentencia recurrida cuando acuerda la nulidad del veredicto y la necesidad de que se celebre un nuevo juicio con un Jurado y Magistrado Presidente distintos, nulidad que, además, según también acertadamente se razona, hubiera sido innecesaria si dicho Magistrado, en vez de entrar a conocer del fondo del asunto y condenar al acusado como autor responsable de un delito de homicidio por imprudencia, hubiera hecho uso de la facultad que le concede el artículo 63 del indicado texto de, hasta tres veces, devolver el acta al Jurado cuando los pronunciamientos sean contradictorios

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 30 de Mayo de 1998

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento