STS 1073/2002, 5 de Junio de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ si bien conviene precisar que el hecho de que la inhumación de cadáveres no sea delito y que el hecho de que no sea delictivo "matar a un muerto", (sic) ello no quiere decir que ese dato acreditado pueda ser tenido en cuenta, como hace el Tribunal Superior de Justicia, junto a otros criterios, para ejercer las facultades de individualización de la pena e incluir ese hecho en el presupuesto de la gravedad del hecho que previene el art. 66 del Código penal en su regla primera. ”
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Extracto
STS 1073/2002, 5 de Junio de 2002
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24.1 120.3 24.2
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos : 138 66
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 5.4
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 120
- Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo) - Artículos 1, 37, 52
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 66, 138, 142
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 741, 846, 849, 851, 852