STS 446/2002, 1 de Marzo de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ La agresión del procesado, que produjo la gravísima herida descrita en el "factum" de la Sentencia recurrida, ha sido calificada en la misma como un delito de homicidio en grado de tentativa y ello, en principio, es inobjetable teniendo en cuenta el arma empleada y la zona del cuerpo vulnerada. Una sola cuchillada en el cuello es suficiente para ocasionar la muerte y esto es algo que a cualquiera se le alcanza por lo que, en el presente caso, debe decirse que el procesado quiso o al menos aceptó, en el momento de herir a su esposa, la muerte de ésta. ”
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Extracto
STS 446/2002, 1 de Marzo de 2002
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 16, 21, 62, 138, 148, 150
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849