STS 1940/2000, 18 de Diciembre de 2000

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Resumen


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Frases clave


No existe el vacío probatorio que se insinúa en el encabezamiento del motivo, es más, en su desarrollo se admite la existencia de prueba válidamente obtenida y desarrollada en el juicio oral: se refiere el propio recurrente como prueba de cargo al "informe de la Agencia Tributaria, ratificado en el juicio por un Inspector y Jefe de Sección que nada recordaban" y a las propias manifestaciones de él mismo " tanto en la instrucción como en el juicio oral". Sostiene, por último, la existencia de "varias explicaciones alternativas a la versión aceptada por la Sentencia ......".

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Extracto


STS 1940/2000, 18 de Diciembre de 2000

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