STS 1826/2000, 22 de Noviembre de 2000

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Frases clave


Teniendo en cuenta que en el artículo 335 del Código Penal se sanciona la caza de especies no amenazadas ni catalogadas en peligro de extinción que no esté expresamente autorizada por las normas específicas en la materia, y que según resulta de las disposiciones antes indicadas que completan la norma penal en blanco la conducta del acusado no sólo no estaba expresamente autorizada sino concretamente prohibida, hay que concluir que dicho artículo 335 ha sido correctamente aplicado.

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Extracto


STS 1826/2000, 22 de Noviembre de 2000

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