STS 482/2002, 14 de Marzo de 2002

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Resumen


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Frases clave


El propio Tribunal sentenciador, en el segundo de los fundamentos jurídicos de la sentencia de instancia, razona sobre la improcedencia de la instrucción suplementaria solicitada en el trámite de conclusiones al poder contar el Tribunal con cuatro dictámenes periciales que entiende son suficientes para resolver con independencia y acorde con las reglas de la sana crítica y libre valoración de la prueba y, tras analizar el contenido de los dictámenes, resalta la conclusión de la perito oficial de que las rúbricas dubitadas aparecen tan sencillas, ilegibles y abreviadas que no son suficientemente claras para identificar su procedencia

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Extracto


STS 482/2002, 14 de Marzo de 2002

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