STS 784/2002, 3 de Mayo de 2002

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Frases clave


Finalmente, en lo que se refiere a los folios 26 y 27 respecto al contrato suscrito por el acusado y los transportistas, en nada contradice que el recurrente formalizase un contrato de transporte, como el suscrito en el año 1993, con el hecho de que aparentase ante otros la condición de titular de la concesión minera de la que carecía.

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Extracto


STS 784/2002, 3 de Mayo de 2002

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