STS, 21 de Diciembre de 1995

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Resumen


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Frases clave


Se trata de un delito de mera actividad, de tendencia o de resultado cortado porque no precisa que se produzcan los nefastos efectos antes dichos. El delito se comete incluso aunque el agente, al llevar a cabo las conductas descritas por los jueces "a quo", no se proponga corromperlos , tal y como se acaba de decir, ya que también se persigue la ilícita satisfacción de sus desordenados instintos o de los desdordenados instintos de terceras personas (Sentencia de 12 de mayo de 1994), cuidandose muy mucho en este aspecto la necesaria y a veces difícil diferenciación con las agresiones sexuales.

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Extracto


STS, 21 de Diciembre de 1995

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