STS, 20 de Junio de 2001
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Frases clave
“ la estafa cualificada (art. 250-1°-3° C.P.) cometida a través del cheque, contempla todas las posibles constelaciones de uso perverso e ilícito del medio de pago. Tanto si se engaña, a través de la apariencia de solvencia emitiendo un cheque sin cobertura, como si la maniobra fraudulenta se instrumentaliza mediante la falsificación de título valor, doblegando la voluntad del perjudicado para inducirle a la realización del negocio que ha de perjudicarle, deben reputarse incluidos en el subtipo agravado que la Audiencia aplica. ”
Extracto
STS, 20 de Junio de 2001
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