STS 188/1998, 11 de Febrero de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ El seguro de responsabilidad civil constituye tanto un medio de protección del patrimonio del asegurado como un instrumento de tutela de los terceros perjudicados. En consecuencia se trata de amparar a las víctimas dando cobertura a las indemnizaciones procedentes con independencia de que el evento generador del daño sea un ilícito civil o un ilícito penal, sea culposo o doloso. ”
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Extracto
STS 188/1998, 11 de Febrero de 1998
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Documentos citados
- Ley del Contrato de Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre) - Artículos 1, 19, 73, 76
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículo 117
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 264
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 849, 855
- REAL DECRETO 63/1994, de 21 de Enero, </strong>por el que se aprueba<strong> el Reglamento del Seguro de Responsabilidad civil del Cazador, de suscripcion obligatoria.