STS 2389/2001, 14 de Diciembre de 2001

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Resumen


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Frases clave


Lo que no puede admitirse, como pretende el recurrente, es que esa iniciativa del Tribunal, excepcional y de su exclusiva competencia, se convierta en una obligación- imposición como se dice en el motivo, tanto más si la solicitud se hizo después de haber concluido su informe oral, incurriendo en evidente extemporaneidad como destaca el TSJ (Tribunal Superior de Justicia) al desestimar el primer motivo del recurso de apelación, añadiendo argumentos sólidos en los que se analizan las características complejas de la prueba sugerida de reconstrucción de los hechos, de resultados generalmente inciertos y desproporcionados a las dificultades inherentes a su práctica, la dificultad de los Jurados para valorarla y su innecesariedad e impertinencia por haberse practicado prueba pericial sobre la misma materia, pudiendo en el plenario solicitar la ampliación que hubiera considerado conveniente a su defensa.

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Extracto


STS 2389/2001, 14 de Diciembre de 2001

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