STS, 9 de Junio de 1998

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Resumen


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Frases clave


La Audiencia ha llegado a la conclusión de que existe un "trastorno paranoide de la personalidad" basándose en las pericias de los médicos forenses que admiten la existencia de dicho trastorno, así como en la opinión de los otros dos psiquiatras que afirmaron "una personalidad patológica con rasgos paranoides y agresivos". La diferencia entre ambos dictámenes radica exclusivamente en si se trata de un fenómeno patológico o no. Es indudable que el Tribunal "a quo", a diferencia de lo que afirma la Acusación particular, ha entendido que no era posible admitir el carácter patológico del acusado, dado que, de otra manera, hubiera aplicado la eximente completa en lugar de considerar simplemente disminuida la capacidad de culpabilidad.

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Extracto


STS, 9 de Junio de 1998

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