STS, 13 de Diciembre de 1996
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Resumen
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Frases clave
“ la pretensión de la defensa del procesado estuvo bien denegada, pues, con independencia de su extemporaneidad, el dictamen pericial de referencia, carente de ratificación a presencia judicial, desconociéndose la cualificación profesional del perito, con la dificultad procesal añadida de no ser posible el ejercicio del principio de contradicción respecto del mismo, unido todo ello a la vaguedad de los extremos que se pretendieron acreditar en el juicio oral sobre la adicción del procesado a las drogas (sin concretar a cuál o cuáles de ellas era adicto, ni la duración e intensidad de tal dependencia), de modo patente, carecería de toda posible transcendencia sobre la sentencia del Tribunal de instancia. ”
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Extracto
STS, 13 de Diciembre de 1996
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 406, 407, 565
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 656, 726, 793, 849, 851, 874, 884, 899, 921
- STC 147/1987, 25 de Septiembre de 1987
- STC 150/1988, 15 de Julio de 1988