STS 2040/2000, 30 de Diciembre de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ el órgano juzgador ha dispuesto de material probatorio válido y con aptitud probatoria suficiente, como para refrendar la exactitud y veracidad del hecho probado. Los fundamentos de derecho segundo y tercero de la sentencia recurrida, realizan un profundo análisis de todas las circunstancias concurrentes en el escenario del hecho y las versiones facilitadas especialmente por el acusado y la denunciante. Todos los razonamientos deslizados en la fundada argumentación de la sentencia recurrida, están sólidamente asentados en criterios lógicos y nunca arbitrarios, por lo que se ha cumplido de manera correcta con las exigencias constitucionales de motivación de las resoluciones judiciales. ”
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Extracto
STS 2040/2000, 30 de Diciembre de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24.2
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos : 66.1 181.1 66
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 248.4 5.4
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 66, 181
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 248
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 653, 794, 849