Real Decreto por el que se incluyen en el grupo segundo del artículo 2.º del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, las industrias dedicadas a la fabricación de hormigón preparado, y se regula el régimen de sanciones aplicables por incumplimiento de las obligaciones establecidas.
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Real Decreto por el que se incluyen en el grupo segundo del artículo 2.º del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, las industrias dedicadas a la fabricación de hormigón preparado, y se regula el régimen de sanciones aplicables por incumplimiento de las obligaciones establecidas.
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