Decreto 3277/1969, de 19 de diciembre, por el que se suspende por tres meses la aplicación de los derechos arancelarios a la importación de ciertos productos petroleoquímicos.
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Decreto 3277/1969, de 19 de diciembre, por el que se suspende por tres meses la aplicación de los derechos arancelarios a la importación de ciertos productos petroleoquímicos.
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PRORROGADA por
- Decreto 837/1970, de 2 de abril, por el que se prorroga durante el período comprendido entre los días 1 de abril y 30 de junio del presente año la suspensión de derechos arancelarios que fué dispuesta por Decreto 3277/1969 a la importación de ciertos productos petroleoquímicos.
- Decreto 3219/1971, de 23 de diciembre, por el que se prorroga durante el período comprendido entre los días 1 de enero y 31 de marzo de 1972 la suspensión de derechos que fué dispuesta por Decreto 3277/1969 a la importación de ciertos productos petroleoquímicos.
- Decreto 2695/1972, de 15 de septiembre, por el que se prorroga durante el período comprendido entre los días 1 de octubre y 31 de diciembre de 1972 la suspensión de derechos, que fué dispueseta por Decreto número 3277/1969, a la importación de ciertos productos petroleoquímicos.
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