DECRETO NÚMERO 235.- ARTÍCULO PRIMERO.- SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS; 41 FRACCIÓN XIV; Y, SE DEROGAN LAS FRACCIONES XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXIX Y XLII DEL ARTÍCULO 38; Y, LAS FRACCIONES XVIII Y XIX DEL ARTÍCULO 41, TODOS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.-

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