DECRETO NÚMERO 229.- ARTÍCULO PRIMERO.- EL CIUDADANO DIPUTADO JUAN GUILLERMO ALANIZ DE LEÓN, EN SU CALIDAD DE COORDINADOR DEL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 40 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, Y DISPOSICIONES APLICABLES DEL REGLAMENTO INTERNO, DEL REFERIDO GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO REALIZA SUSTITUCIONES Y CAMBIOS EN COMISIONES ORDINARIAS
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DECRETO NÚMERO 229.- ARTÍCULO PRIMERO.- EL CIUDADANO DIPUTADO JUAN GUILLERMO ALANIZ DE LEÓN, EN SU CALIDAD DE COORDINADOR DEL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 40 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, Y DISPOSICIONES APLICABLES DEL REGLAMENTO INTERNO, DEL REFERIDO GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO REALIZA SUSTITUCIONES Y CAMBIOS EN COMISIONES ORDINARIAS
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Documentos citados
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco - Artículos 32, 35, 46
- Ley Organica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes - Artículo 40
- DECRETO NÚMERO 232.- ARTÍCULO ÚNICO.- SE REFORMA EL INCISO C DE LA FRACCIÓN XI DEL ARTÍCULO 57, DEL ESTATUTO JURÍDICO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS GOBIERNOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, SUS MUNICIPIOS, ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS