Decreto NO. 547 por el Que Se Aprueba Reformar el Artículo 34 y el Párrafo Primero del Artículo 67 Bis 2 de la Ley para la Protección de los Adultos en Plenitud del Estado de Colima; Aprueba Reformar la Fracción Lx del Artículo 10 y el Artículo 68De la Ley para la Integración y Desarrollo Social de las Personas con Discapacidad del Estado de Colia y Se Aprueba Reformar el Numeral 2 del Artículo 109 de la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de COLIMA.
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Decreto NO. 547 por el Que Se Aprueba Reformar el Artículo 34 y el Párrafo Primero del Artículo 67 Bis 2 de la Ley para la Protección de los Adultos en Plenitud del Estado de Colima; Aprueba Reformar la Fracción Lx del Artículo 10 y el Artículo 68De la Ley para la Integración y Desarrollo Social de las Personas con Discapacidad del Estado de Colia y Se Aprueba Reformar el Numeral 2 del Artículo 109 de la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de COLIMA.
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Documentos citados
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - Artículos 1, 33
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima - Artículo 33
- Ley Organica del Poder Legislativo del Estado de Tabasco
- Reglamento de la Ley Organica del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo - Artículos 53, 62, 63
- Ley para la Inclusion E Integracion de las Personas con Discapacidad del Estado de Colima -- Antes Ley para la Inclusion de las Personas con Discapacidad del Estado de Colima -- Antes Ley para la Integracion y Desarrollo Social de las Personas con Discapacidad del Estado de Colima --