Decreto NO. 481 por el Que Se Adiciona Un Tercer Párrafo a la Fracción Iv del Artículo 15 de la Ley de Salud del Estado de Colima; Se Adiciona la Fracción Xxii, Pasando a la Actual Xxii a Ser Xxiii, Al Artículo 60 de la Ley de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia para el Estado de Colima; Se Reforman las Fracciones Ii y Iii, Asimismo Se Adiciona Una Fracción Iv, Todas del Artículo 26 de la Ley para la Prevención y Atención a la Violencia FAMILIAR.
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Decreto NO. 481 por el Que Se Adiciona Un Tercer Párrafo a la Fracción Iv del Artículo 15 de la Ley de Salud del Estado de Colima; Se Adiciona la Fracción Xxii, Pasando a la Actual Xxii a Ser Xxiii, Al Artículo 60 de la Ley de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia para el Estado de Colima; Se Reforman las Fracciones Ii y Iii, Asimismo Se Adiciona Una Fracción Iv, Todas del Artículo 26 de la Ley para la Prevención y Atención a la Violencia FAMILIAR.
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Documentos citados
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - Artículos 33, 40
- Ley General de Salud
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima - Artículo 33
- NOM-046-SSA2-2005: Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres. Criterios para la Prevención y Atención.
- Ley Organica del Poder Legislativo del Estado de Tabasco