Decreto No. 404/023.- Reglaméntanse los arts. 329 a 332 de la Ley 20.212, de fecha 6 de noviembre de 2023, en lo relativo a la remuneración que perciben quienes declamen o reciten una obra literaria, o interpreten una obra musical.
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Decreto No. 404/023.- Reglaméntanse los arts. 329 a 332 de la Ley 20.212, de fecha 6 de noviembre de 2023, en lo relativo a la remuneración que perciben quienes declamen o reciten una obra literaria, o interpreten una obra musical.
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Documentos citados
- Constitución de la República - Artículo 168
- Ley No. 19.858.- Modifícase el art. 29 de la Ley 9.739, de 17 de diciembre de 1937, en la redacción dada por el art. 10 de la Ley 17.616 de 10 de enero de 2003, sobre Derechos de Autor y Derechos Conexos. - Artículo 1
- Ley 20.212