Decreto Nº 249, por el que se adiciona un segundo párrafo a la fracción III del artículo 85 de la Ley de Gestión Ambiental Sustentable para el Estado de Durango
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Decreto Nº 249, por el que se adiciona un segundo párrafo a la fracción III del artículo 85 de la Ley de Gestión Ambiental Sustentable para el Estado de Durango
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Documentos citados
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - Artículos 4, 82
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango
- Decreto No. 249 Se Reforma el Artículo Segundo Transitorio de La Ley que Establece las Cuotas y Tarifas para El Pago de Los Derechos por Los Servicios Públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Los Municipios de Comala, Cuauhtémoc, Ixtlahuacán, Minatitlán, Manzanillo y Tecomán; y El Art. Tercer Transitorio de La Misma Ley del Municipio de Armería, Colima
- Ley de Gestion Ambiental Sustentable para el Estado de Durango