Decreto Legislativo número 499 de 2020, por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal para la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos y elementos de protección personal, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, atendiendo criterios de inmediatez como consecuencia de las turbulencias del mercado internacional de bienes para mitigar la pandemia Coronavirus Covid 19
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Decreto Legislativo número 499 de 2020, por el cual se adoptan medidas en materia de contratación estatal para la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos y elementos de protección personal, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, atendiendo criterios de inmediatez como consecuencia de las turbulencias del mercado internacional de bienes para mitigar la pandemia Coronavirus Covid 19
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DECLARADA INEXEQUIBLE por
- Sentencia de Constitucionalidad nº 163/20 de Corte Constitucional, 4 de Junio de 2020 -- expresión ““ni sucursal” contenida en el parágrafo segundo del artículo 1 - Artículos : 1.parágrafo segundo
DECLARADA EXEQUIBLE por
- Sentencia de Constitucionalidad nº 163/20 de Corte Constitucional, 4 de Junio de 2020 -- con excepción de la expresión "ni sucursal" contenida en el parágrafo segundo del artículo 1º, que se declara inexequible - Artículos : 1 2 3
Documentos citados
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 212, 213, 215
- Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993)
- Ley Medidas Sanitarias(Ley 9 de 1979)
- Ley 137 de 1994, por la cual se regulan los Estados de Excepción en Colombia
- Resolución número 0000380 de 2020, Por la cual se adoptan medidas preventivas sanitarias en el país, por causa del coronavirus COV1D2019y se dictan otras disposiciones