Decreto 1027/1970, de 21 de marzo, por el que se autoriza al Instituto Nacional de la Vivienda para que pueda dispensar de la obligación establecida en el artículo 105 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial a los españoles que trabajan en el extranjero durante un período máximo de dos años.

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Decreto 1027/1970, de 21 de marzo, por el que se autoriza al Instituto Nacional de la Vivienda para que pueda dispensar de la obligación establecida en el artículo 105 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial a los españoles que trabajan en el extranjero durante un período máximo de dos años.

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