Decreto 198/2012, de 5 de octubre, por el que se modifica el Decreto 168/2012, de 17 de agosto, por el que se regula la gestión de la formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a su financiación.</span>
› ›
Enlazado como:Extracto
Decreto 198/2012, de 5 de octubre, por el que se modifica el Decreto 168/2012, de 17 de agosto, por el que se regula la gestión de la formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a su financiación.
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Afectaciones
MODIFICA
- Decreto 168/2012, de 17 de agosto, por el que se regula la gestión de la formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a su financiación.</span> - Artículos : DT3.2
Documentos citados
- DECRETO 158/2008, de 25 de julio, </strong>por el que<strong> se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta, y las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Ley 1/2002, de 28 de febrero) - Artículos 23, 90
- Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Ley 6/2011, de 23 de marzo)
- Decreto 168/2012, de 17 de agosto, </strong>por el que<strong> se regula la gestión de la formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a su financiación.</span>