Decreto 65/2022, de 8 de junio, que regula las ocupaciones temporales, las autorizaciones para el acondicionamiento, mantenimiento y mejora, y el tránsito de ciclomotores y vehículos a motor, de carácter no agrícola, en las vías pecuarias.</span>
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Decreto 65/2022, de 8 de junio, que regula las ocupaciones temporales, las autorizaciones para el acondicionamiento, mantenimiento y mejora, y el tránsito de ciclomotores y vehículos a motor, de carácter no agrícola, en las vías pecuarias.
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Afectaciones
DEROGA
- Decreto de Vías Pecuarias de Extremadura (Decreto 49/2000, de 8 marzo) - Artículos : 37..43
- ORDEN de 19 de junio de 2000, por la que se regulan las ocupaciones y autorizaciones de uso temporales en las vías pecuarias.
- ORDEN de 23 de junio de 2003, por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2000, por la que se regulan las ocupaciones y autorizaciones de usos temporales en las vías pecuarias.
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Documentos citados
- Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre)
- Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre) - Artículo 48
- DECRETO 195/2001, de 5 de diciembre, </strong>por el que<strong> se modifica el Decreto 49/2000, de 8 de marzo, que establece el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- LEY 9/2006, de 23 de diciembre, </strong>por la que<strong> se modifica la Ley 8/1998, de 26 de junio, de conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura.
- Decreto de Vías Pecuarias de Extremadura (Decreto 49/2000, de 8 marzo) - Artículos 37, 38, 39, 40, 41