DECRETO 65/2015, de 8 de octubre, por el que se regulan los establecimientos turísticos de alojamiento hotelero en la Comunidad de Castilla y León.
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DECRETO 65/2015, de 8 de octubre, por el que se regulan los establecimientos turísticos de alojamiento hotelero en la Comunidad de Castilla y León.
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Afectaciones
DEROGA
- DECRETO 77/1986 de 12 de junio por el que se dictan normas de clasificación de las alojamientos hoteleras en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
- ORDEN de la Consejería de Fomento de 13 de enero de 1988, por la que se dictan normas para la instalación de camas supletorias en las establecimientos hoteleros de Castilla y León.
- ORDEN de 17 de marzo de 1987, por la que se establece el procedimiento a seguir en los supuestos de solicitud de dispensa de requisitos mínimos exigibles para la clasificación de establecimientos hoteleros.
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CORREGIDA por
Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículo 38
- Constitución Española de 1978 - Artículo 148
- DECRETO 77/1986 de 12 de junio por el que se dictan normas de clasificación de las alojamientos hoteleras en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
- DECRETO 97/1992, de 4 de junio, </strong>por el que<strong> se regula la profesión de Director de Establecimiento de Empresas Turisticas de la Comunidad de Castilla y León.
- Ley de Turismo de Castilla y León (Ley 14/2010, de 9 de diciembre) - Artículos 20, 21, 23, 29, 31, 32, 33